La expresion que nos define es un verbo, una manera sobre ser, la postura: favorecer.
HOTEL3, en su versioacute;n sobre SERIE 40 ocurre an utilizar de todas las prerrogativas de la nueva arquitectura bien observada en las demaacute;s programas de esta serie:
– Simplificacioacute;n en la instalacioacute;n y en el registro del programa.- Base sobre datos SQL.- oportunidad sobre conexioacute;n a servidores locales (Firebird) o en el cloud (MySQL).- Motor de listados sobre gigantesco potencia.- Arquitectura con mejor respuesta a las caracteriacute;sticas de estas versiones https://datingranking.net/es/ifnotyounobody-review/ de Windows actualmente en aprovechamiento.
En caso de que eres cliente de GOOGLE CALENDAR TM te interesaraacute; saber que puedes sincronizar tu calendario de utilizar con tu plan sobre gestioacute;n empresarial GESCO3.
En Informagrave;tica3 deseamos que la gestioacute;n diaria sobre tu empresa sea cada diacute;a maacute;s asi como maacute;s faacute;cil, por eso todo el tiempo estamos mejorando nuestros programas.
En Informagrave;tica3 nos dedicamos desde permite 40 antilde;os a llevar a cabo maacute;s que software: programas sobre gestioacute;n orientados a las pequentilde;as y medianas compai±ias.
Desde 1980 antilde;os, nos mantenemos cristianos a la idea: optimizar los procesos de gestioacute;n empresarial de las pymes con nuestros programas.
Actualmente, maacute;s sobre 35.000 usuarios confiacute;an en nosotros: empresarios, asesores, contables, gestores, comerciantes, hoteleros desplazandolo hacia el pelo restauradores.
iexcl;nunca juegues con tu entidad! Trabaja con un software que cumpla la actual legislacioacute;n Antifraude, igual que nosotros.
La novedosa normativa Antifraude establece que las usuarios deberian emplear un proyecto que garantice integridad y no ha transpirado trazabilidad, con anotacioacute;n y no ha transpirado conservacioacute;n de las desplazamientos.
Revisa que tu software cumpla con todos estos requisitos:
– Trazabilidad e inalterabilidad sobre los registros.
– carente interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que nunca quede la debida anotacioacute;n en los sistemas.
En caso de que tu software nunca CUMPLE con estas exigencias legales puedes percibir multas sobre 50.000euro; por cada antilde;o fiscal.
Nosotros garantizamos que el software cumple desde octubre 2021 al completo lo Hay En Dia reglado.
Ante la entrada en vigor, en octubre, de las artiacute;culos 29.2.j) desplazandolo hacia el pelo 201.bis de la Ley General Tributaria (normativa 11/2021 del 9 de julio), Informagrave;tica3 asegura a las usuarios el cumplimiento de todo precepto que en la novia se establezca.
En particular, el artiacute;culo 29.2.j) que establece la “la obligacioacute;n, por parte de las productores, comercializadores asi como usuarios, sobre que las sistemas desplazandolo hacia el pelo programas informaacute;ticos o electroacute;nicos que soporten las procesos contables, de facturacioacute;n o sobre gestioacute;n sobre algunos que desarrollen actividades econoacute;micas, garanticen la integridad, conservacioacute;n, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad sobre las registros, desprovisto interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotacioacute;n en las sistemas mismos”.
Con el fin de percibir maacute;s informacioacute;n, puedes comunicarse con Informagrave;tica3 (info3@info3.es o en el 972 600 800) o con tu distribuidor habitual.
Informagrave;tica3 colabora con AGESFI (Asociacioacute;n Espantilde;ola sobre Gestores Fiscales y no ha transpirado de Fincas) Con El Fin De digitalizar las empresas con el software Con El Fin De pymes, comercializando ventajas especiales a todos sus asociados.
Los programas que maacute;s recomendamos para despachos profesionales son:
FINCA3 (Administracioacute;n sobre Fincas).
FISCAL3 (Referencias de Hacienda).
GESCO3 (Gestioacute;n General de Compania).
CONTA3 (Contabilidad General de Compania).
NOMINA3 (Noacute;minas desplazandolo hacia el pelo Seguridad Social).
El pasado 23 de marzo, la Agencia Espantilde;ola de Proteccioacute;n sobre Datos (AEPD) publicoacute; un comunicado sobre la resolucioacute;n sancionadora a la compania del sector turiacute;stico por la reservada de las imaacute;genes obtenidas del pasaporte del hueacute;sped en la ocasion del registro en el establecimiento.
Este comunicado puede leerse aquiacute;.
Esta resolucioacute;n ha generado cierta controversia en el sector turiacute;stico Ya que el establecimiento sencillamente utilizaba la forma de las hueacute;spedes en el contexto de identificar de forma correcta el control sobre las consumos adentro del hotel, en el escenario sobre la prestacioacute;n sobre servicios a donde la mayoriacute;a de cargos individuales podiacute;an estar incluidos en el valor del alojamiento pactado, identificacioacute;n que puede beneficiar tanto an usuario como al establecimiento Ya que permite prevenir situaciones de fraude o cargos indebidos.
El causa utilizado por pieza de la AEPD de solventar el transcurso sancionador, sin embargo, considera que las datos a registrar de las documentos sobre identificacioacute;n de las clientes tienen que acontecer aquellos que permitan seguir con las reglas espantilde;olas en registro de viajeros y su comunicacioacute;n a las fuerzas desplazandolo hacia el pelo cuerpos de seguridad del estado.
Al no permanecer la fotografiacute;a sobre estos documentos de identificacioacute;n entre los datos que deberi?n recogerse de este fin, afirman que el establecimiento no puede conseguir estas fotografiacute;as basaacute;ndose en este pretexto.
La AEPD, finalmente, precisa al establecimiento que deje sobre recoger la fotografiacute;a de las documentos sobre identificacioacute;n o que adecuacute;e la informacioacute;n en disciplina sobre proteccioacute;n sobre datos que provee a los usuarios en el momento sobre la recogida sobre datos, y no ha transpirado que indique claramente el motivo y tratamiento que haraacute; con la forma obtenida.
La Tesoreriacute;a General sobre la resguardo Social va a hacer un desarrollo sobre actualizacioacute;n masiva sobre la totalidad de las liquidaciones afectadas por las modificaciones introducidas por la disciplina PCM/1353/2021.
Este proceso se va a comenzar el 26 sobre abril de 2022 con las liquidaciones de cuotas presentadas en el mes de octubre de 2021 (periacute;odo de liquidacioacute;n sobre septiembre de 2021) y no ha transpirado continuaraacute; progresivamente, con las liquidaciones de cuotas presentadas en los meses sobre noviembre y diciembre sobre 2021 (periacute;odos sobre liquidacioacute;n sobre octubre desplazandolo hacia el pelo noviembre sobre 2021).